lunes, 23 de julio de 2012

Funcionarios: Podemos Reclamar un 25% de Nuestra Paga Extra de Navidad.




El Gobierno no te puede quitar casi una cuarta parte de la paga extraordinaria de navidad 2012
Desde CSI.F hemos preparado un modelo de reclamación para que puedas recuperar un mes y 14 días de la paga extraordinaria de navidad de 2012 que el Gobierno iba a quitarte.
¡¡ RECLÁMALO !!

1º El Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), entró en vigor el 15 de julio de 2012.
2º Que el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse generalmente desde el día primero de junio del ejercicio en curso, hasta el día treinta de noviembre(si no conoces el periodo de contabilización de la paga extraordinaria de navidad en tu Administración Pública, pregunta en tu unidad de nóminas o en el sindicato, antes de presentar el modelo de reclamación).
3º El artículo 9.3 de la Constitución Española garantiza la irretroactividad de una disposición sancionadora o restrictiva de los derechos individuales.
Por tanto, desde el día 1 de junio hasta el día 14 de julio de 2012, tenemos derecho a percibir el abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre generada antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012).






MODELO DE ESCRITO

No hay comentarios: