La central sindical independiente y de funcionarios, CSI·F,
sindicato más representativo de las administraciones públicas, realiza la
siguiente nota de prensa:
El pasado viernes 20 de febrero, vimos con asombro en el diario
“CARTAGENA ACTUALIDAD” que la concejala de personal del Ayuntamiento de
Cartagena decía lo siguiente:
“la Oferta Pública de
Empleo aprobada por el Ayuntamiento de
Cartagena es absolutamente respetuosa con la legalidad vigente “y no
cercena ni engaña a los trabajadores municipales”, también decía que el
portavoz de Movimiento Ciudadano había metido en una coctelera lo que ha
recogido en comentarios de pasillo, lo había agitado y con eso había hecho una
moción con la que evidencia su falta
de conocimiento en materia de recursos de personal”.
Señora Concejala o no la han informado, la han informado mal, no se
lo han explicado o bien no lo ha entendido.
Así pues, ante tales
afirmaciones decimos:
PRIMERO:
Esta Central Sindical (CSI·F) ha formulado una demanda, que ha sido
admitida, ante el Juzgado de lo Social de Cartagena, denunciando la vulneración
de derechos fundamentales. Dicha demanda se presenta a la vista del
pronunciamiento contenido en el laudo dictado por el árbitro de la oficina
electoral, a raíz de la promoción de elecciones parciales al Comité de Empresa
del Ayuntamiento de Cartagena, instadas por esta Central Sindical. El juicio
por tal causa está señalado para el próximo día 25 de marzo y esto no es un
comentario de pasillo, esto es una realidad que puede acarrear una sanción
económica que oscila entre 6.000 € y 187.000 €, más los daños y perjuicios que
se reclamen. En caso de prosperar la demanda y obtener un fallo estimatorio,
los cartageneros tendrán que hacer frente a esa sanción con cargo al erario
público como consecuencia del mal hacer de alguno, solo o en compañía de otros.
¿La vulneración del derecho a la
negociación colectiva no es engañar ni cercenar los derechos de los
trabajadores?
Señora Concejala, la
están asesorando mal eso no es un comentario de pasillo, esto es una demanda
admitida y tramitada por el Juzgado de lo Social y sobre todo una realidad con
posibles consecuencias.
SEGUNDO:
Esta
Central Sindical formuló recurso de
reposición, al igual que otros Empleados Públicos, contra la oferta de
empleo público, las bases generales que regirán los procesos selectivos, así
como las que han de regir en el proceso de funcionarización, publicada en
el BORM nº 297, de 27 de diciembre de 2014, y aprobada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de
22 de diciembre de 2014. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Cartagena no ha
tenido a bien resolver los mencionados recursos administrativos. Así pues,
parece que lo previsible es que todo este proceso acabe en el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo, que determinará cuanto hay de verdad y de razón en
“los comentarios de pasillo” a los que hace mención la Sra. Concejala.
- ¿No le han informado de esto
tampoco?
- ¿Es justo que
la Concejalía de Personal
y Hacienda de nuestro ayuntamiento haga responsables única y exclusivamente a los
trabajadores de estar más de diez y quince años contratados en fraude de ley?
- ¿Es justo que eluda su responsabilidad por no haber gestionado correctamente
este asunto?
- ¿Es su forma de solucionar este problema poner a más de cien
empleados públicos con un pie y medio en la calle?
- ¿Conoce las consecuencias de
sus decisiones en caso de que prospere y continúen con el proceso?
- ¿A cuanto ascenderían las
indemnizaciones correspondientes?
- ¿Quién las pagará?
Esto tampoco es un comentario
de pasillo.
TERCERO:
Señora Suances, CSI.F solicitó, con fecha
20 de octubre de 2014, la celebración de elecciones sindicales en el
Ayuntamiento. Esta medida se tomó, como está preceptuado legalmente, al objeto
de adecuar la representación sindical a la realidad existente, al incrementarse
en más de un 25% la plantilla del personal laboral, pero dichas elecciones
sindicales fueron paralizadas por la empresa (Ayuntamiento de Cartagena), sin
justificación alguna e incumpliendo sus obligaciones legalmente previstas,
junto con la connivencia de los sindicatos que en la actualidad forman parte de
la Mesa General
de Negociación. Los segundos lo hicieron, queremos entender, que para mantener
su cuota de poder.
La realidad es que estos sindicatos, junto
con la empresa, prefieren que mas del 52% del personal laboral no tenga
representatividad en la mesa de negociación al no presentar los mismos la
mas que oportuna convocatoria.
Esto tampoco es un comentario de pasillo.
Los Defectos de forma del proceso a los que
nos referimos
I) La Relación de Puestos de
Trabajo no es correcta, ésta no refleja la realidad de la plantilla de
Empleados Públicos del Ayuntamiento, cuestión que afecta directamente también a
los presupuestos en el capitulo de gastos de personal que pagan los
cartageneros.
II) La
oferta crea 39 plazas para Personal Laboral, lo cual se contradice
rigurosamente con el proceso de funcionarización, puesto que se crean plazas de
personal contratado, sin justificar su excepcionalidad ni su temporalidad.
III) En
este proceso de funcionarización no se han incluido en el mismo todas las
plazas cubiertas por personal laboral, que conforme a la ley y a la Jurisprudencia del
Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional podrían formar parte del dicho proceso.
IV) Una
discriminación negativa que provoca el hecho de no incluir en el proceso de
funcionarización al personal laboral indefinido.
VI) Existen
empleados públicos que ya podrían tener la consideración de personal laboral
indefinido a la entrada en vigor del EBEP, y aún mas, supuestos que podrían
tener la consideración de personal laboral indefinido con anterioridad al 31 de
diciembre de 2004, bien por tenerlo así declarado o bien por encontrarse en
situación de fraude de ley,cuestión esta que ya lo ha reconocido incluso uno de los
sindicatos de la Mesa
General de Negociación.
Señora Suances, todo esto no son
comentarios de pasillo, es una realidad con posibles consecuencias para el
Ayuntamiento de Cartagena, para sus empleados públicos afectados y para el
erario público al que contribuyen todos los cartageneros y respecto de lo que
dice sobre el concejal de Movimiento Ciudadano dice usted: “……. es evidente su falta de
conocimiento en materia de recursos de personal ”, que quiere que le diga,
lo mejor que puede hacer en este momento usted Señora es mirarse al espejo y
repetirse lo mismo, pero mirándose francamente a los ojos.
Visto lo visto por coherencia y sensatez,
cese a alguno o alguna de sus asesores o a todos, lo que usted vea mejor, nos
saldrá mas barato a todos, por cierto, esto si esta siendo ya un comentario de
pasillo, ¿no se lo han hecho llegar?
El Coordinador Regional de Administración
Local
Antonio F. Lacosta
Cartagena es absolutamente respetuosa con la legalidad vigente “y no
cercena ni engaña a los trabajadores municipales”, también decía que el portavoz de Movimiento Ciudadano había metido en una coctelera lo que ha recogido en comentarios de pasillo, lo había agitado y con eso había hecho una moción con la que evidencia su falta
de conocimiento en materia de recursos de personal”.
Así pues, ante tales
afirmaciones decimos:
PRIMERO:
Esta Central Sindical (CSI·F) ha formulado una demanda, que ha sido
admitida, ante el Juzgado de lo Social de Cartagena, denunciando la vulneración
de derechos fundamentales. Dicha demanda se presenta a la vista del
pronunciamiento contenido en el laudo dictado por el árbitro de la oficina
electoral, a raíz de la promoción de elecciones parciales al Comité de Empresa
del Ayuntamiento de Cartagena, instadas por esta Central Sindical. El juicio
por tal causa está señalado para el próximo día 25 de marzo y esto no es un
comentario de pasillo, esto es una realidad que puede acarrear una sanción
económica que oscila entre 6.000 € y 187.000 €, más los daños y perjuicios que
se reclamen. En caso de prosperar la demanda y obtener un fallo estimatorio,
los cartageneros tendrán que hacer frente a esa sanción con cargo al erario
público como consecuencia del mal hacer de alguno, solo o en compañía de otros.
SEGUNDO:
Esta
Central Sindical formuló recurso de
reposición, al igual que otros Empleados Públicos, contra la oferta de
empleo público, las bases generales que regirán los procesos selectivos, así
como las que han de regir en el proceso de funcionarización, publicada en
el BORM nº 297, de 27 de diciembre de 2014, y aprobada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de
22 de diciembre de 2014. Hasta la fecha el Ayuntamiento de Cartagena no ha
tenido a bien resolver los mencionados recursos administrativos. Así pues,
parece que lo previsible es que todo este proceso acabe en el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo, que determinará cuanto hay de verdad y de razón en
“los comentarios de pasillo” a los que hace mención la Sra. Concejala.
VI) Existen
empleados públicos que ya podrían tener la consideración de personal laboral
indefinido a la entrada en vigor del EBEP, y aún mas, supuestos que podrían
tener la consideración de personal laboral indefinido con anterioridad al 31 de
diciembre de 2004, bien por tenerlo así declarado o bien por encontrarse en
situación de fraude de ley,cuestión esta que ya lo ha reconocido incluso uno de los
sindicatos de la Mesa
General de Negociación.
Señora Suances, todo esto no son
comentarios de pasillo, es una realidad con posibles consecuencias para el
Ayuntamiento de Cartagena, para sus empleados públicos afectados y para el
erario público al que contribuyen todos los cartageneros y respecto de lo que
dice sobre el concejal de Movimiento Ciudadano dice usted: “……. es evidente su falta de
conocimiento en materia de recursos de personal ”, que quiere que le diga,
lo mejor que puede hacer en este momento usted Señora es mirarse al espejo y
repetirse lo mismo, pero mirándose francamente a los ojos.
Visto lo visto por coherencia y sensatez,
cese a alguno o alguna de sus asesores o a todos, lo que usted vea mejor, nos
saldrá mas barato a todos, por cierto, esto si esta siendo ya un comentario de
pasillo, ¿no se lo han hecho llegar?
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