NUEVO ÉXITO DE LA ASESORÍA JURÍDICA
DE CSI•F EN MATERIA DE VACACIONES
Una reciente sentencia del Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Palma de Mallorca reconoce a un funcionario de Justicia con el asesoramiento jurídico de CSI·F el derecho a disfrutar las vacaciones más allá del 15 de enero del año siguiente cuando le fueron denegadas por razones del servicio en el plazo establecido legalmente.
La
sentencia supone
la reafirmación de las vacaciones como un derecho de los
funcionarios que prima sobre el requisito del plazo en caso de que
este derecho no pueda ser ejercido por razones del servicio.
En
este caso, al tratarse de una funcionaria
interina
que ya había cesado en su puesto de trabajo, la sentencia recoge el
derecho a la compensación económica por los días de vacaciones no
disfrutados.
En
este sentido, la Magistrada en su sentencia y apoyada en una sólida
doctrina judicial y jurisprudencial, rechaza la cuestión previa
planteada por la Administración consistente en la pérdida de
interés legítimo y, por consiguiente, de legitimación activa de
la funcionaria al no constar que la misma continuaba prestando
servicios como funcionaria.
Y
es que en
la sentencia se recoge taxativamente que no se puede derivar la
pérdida de interés legítimo por una circunstancia sobrevenida, en
este caso, el cese de la funcionaria;
y más en este caso, cuando el disfrute de las vacaciones puede ser
sustituido por el abono de la compensación económica
correspondiente.
Esta
argumentación es también un hito importante en el reconocimiento y
en el ejercicio de derechos tanto para titulares como para interinos
aplicable a otras situaciones.
Desde
CSI·F
valoramos muy positivamente esta sentencia que refuerza un derecho
laboral muy importante como es el de las vacaciones y más, en estos
momentos en los que todo son recortes y debilitamiento de los
derechos con la excusa de la crisis.
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